Podrán beneficiarse de las ayudas todas las empresas de transporte de viajeros que estén domiciliadas en la Comunidad de Madrid y sean PYME que realicen proyectos de inversión en activos materiales o inmateriales en el ámbito del transporte por carretera, que creen puestos de trabajo, durante una mínimo de cinco años, y estos sean cubiertos por mujeres. Los gastos subvencionables serán los costes salariales de los empleos cuya creación derive de la ejecución del proyecto de inversión, correspondientes a un período de dos años. Se consideran costes salariales el salario bruto y las cotizaciones obligatorias a la Seguridad Social. La cuantía de la ayuda alcanzará el 75% de los gastos subvencionables y no podrán ser acumulables a otras ayudas estatales en relación con los mismos costes subvencionables. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de un mes a partir del 21 de julio, se dirigirán al Director General de Transportes y se presentarán en el registro de la Consejería de Infraestructuras y Transportes ubicado en la calle Orense 60, adjuntando la documentación que se relaciona en el artículo 8 de la Orden.
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