El recibo del seguro en el vehículo ya no será exigible

En cumplimiento del nuevo Reglamento del Seguro Obligatorio de responsabilidad civil, aprobado por RD 1507/2008, desde la Dirección General de Tráfico ha dado instrucciones a todas sus unidades para informar de la “no exigibilidad del recibido del seguro obligatorio”.

A partir de ahora, serán los propios Agentes de Tráfico los que deben consultar el fichero informativo de los vehículos asegurados, salvo en los casos en que no sea posible realizar la consulta. En esta situación, el agente solicitará el recibo al conductor. De no acreditarlo sí podrá ser denunciado.

ANETRA ha recomendado ya a sus asociados que, de momento, se lleve en el vehículo el recibo del seguro, a pesar de estar en pleno derecho de no aportarlo.

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