El objetivo del reglamento, aprobado el pasado 15 de febrero, es consolidar los derechos de asistencia e indemnización de los pasajeros que viajen en autobús o autocar en recorridos superiores a 250 kilómetros, especialmente de las personas con discapacidad o movilidad reducida. Los Estados miembro tendrán un plazo de dos años para aplicar el reglamento, por lo que éste entrará en vigor en primavera de 2013.
El EDF considera que garantiza «la igualdad de oportunidades a la hora de viajar para los pasajeros con discapacidad». Es de especial importancia el punto del Reglamento que se refiere a la formación del personal para satisfacer las necesidades de las personas con discapacidad y la asistencia que se debe prestar.