LA BAJA DE LOS AUTÓNOMOS TENDRÁ COBERTURA A PARTIR DEL CUARTO DÍA

Aprobado por el Real Decreto 2/2003, el pasado 26 de abril entró en vigor la medida fue por la que la cobertura de incapacidad temporal de los trabajadores autónomos será desde el cuarto día de baja, y no desde el decimosexto, como sucedía hasta la entrada en vigor del citado texto legal. Así mismo, como contrapartida, el colectivo de trabajadores autónomos .freció al Gobierno subir su cotización por contingencias comunes entre 1,8 y 2,5 puntos. www.multauto.es

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Aprobado por el Real Decreto 2/2003, el pasado 26 de abril entró en vigor la medida fue por la que la cobertura de incapacidad temporal de los trabajadores autónomos será desde el cuarto día de baja, y no desde el decimosexto, como sucedía hasta la entrada en vigor del citado texto legal. Así mismo, como contrapartida, el colectivo de trabajadores autónomos .freció al Gobierno subir su cotización por contingencias comunes entre 1,8 y 2,5 puntos. www.multauto.es

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