Tres empresas condenadas por no pagar a la SGAE

La Audiencia de Zaragoza ha condenado a tres compañías de autocares por disponer de reproductores de CD y DVD en sus vehículos, básicamente dedicados al transporte escolar, sin haber pagado previamente las cuotas que cobra la Sociedad General de Autores (SGAE) en concepto de derechos de autor. Las tres empresas deberán indemnizar a la SGAE con 6.429,8 euros.

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La sentencia recuerda que la SGAE está legitimada para reclamar compensaciones por la explotación de derechos por fonogramas y videogramas en España, ya que dispone de una habilitación administrativa en ese sentido y sus estatutos fueron aprobados por el Ministerio de Cultura, aunque le exime de tener que probar que las empresas a las que demanda hacen un uso irregular de esos productos. Una de las empresas incluyó entre sus alegaciones a la Audiencia el hecho de que los aparatos de reproducción audiovisual de su flota, en los cuales «negó el uso del repertorio gestionado» por la SGAE, venían de serie y no fueron instalados por la compañía. De hecho, su presencia en los vehículos no se incluye como atractivo en las acciones publicitarias de la compañía. Pero la alegación no tuvo éxito.

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