La Comisión Europea propone conceder a los países un plazo de un año para aplicar el
reglamento que afecta a los pasajeros de autobús, mientras que los eurodiputados abogan por dar dos años. Los diputados proponen excluir de la legislación el transporte urbano, suburbano y regional del ámbito de aplicación del reglamento.
Para los viajeros de autobús, la nueva normativa prevé el derecho a indemnización por cancelación o retraso de más de dos horas en la salida o en la llegada (cuando el viaje programado dura al menos tres horas). La empresa estaría obligada a proporcionar servicios alternativos razonables en horarios comparables o, cuando esto sea imposible, aportar a los viajeros información sobre servicios de transporte ofrecidos por otras empresas. Si el pasajero no acepta las alternativas ofrecidas se re abonará el 100% del precio del billete, y si no se proporciona transporte alternativo, las empresas deberían pagar a los pasajeros el 150% del precio del billete. Las empresas de autobuses también serán responsables de la pérdida y los daños sufridos por el equipaje que les haya sido confiado. La compensación máxima ascenderá a 1.800 euros por viajero.
En caso de accidente, si un pasajero resulta herido o fallece la empresa deberá pagar en un plazo de 15 días un anticipo proporcional a los daños sufridos, cuando los viajeros no estén cubiertos por ningún otro seguro de viaje. En caso de fallecimiento, el anticipo no deberá ser inferior a 21.000 euros por viajero. Las empresas quedan exentas de estas indemnizaciones si se demuestra que el accidente fue causado por circunstancias ajenas a la explotación del servicio.
En el capítulo de accesibilidad, las empresas no podrán negarse a que las personas con movilidad reducida accedan a los autobuses, a no ser que su propia seguridad peligre. Por otro lado, la Eurocámara pretende asegurar que los pasajeros reciben información escrita de la asistencia que se les proporcionará durante el trayecto.