Mayores descuentos en el gasóleo profesional

Desde este trimestre los transportistas con camiones de más de 7’5 toneladas, al igual que autobuses y taxis, se beneficiarán de 0, 039 euros por litro en concepto de gasóleo profesional.

Para que puedan beneficiarse, deberán pagar el gasóleo que se suministren en las gasolineras con tarjetas de pago de carburantes especificas (como por ejemplo Solred, Cepsa Star, Shell, Galp, BP, AGIP, IDS, etc), por tanto, no se beneficiarán aquellos suministros en los que se pague al contado o con tarjetas bancarias que no estén habilitadas para la devolución del gasóleo profesional.

Desde la entrada en vigor el pasado 13 de Junio del Real Decreto Ley 8/2009 por el que se establece una fiscalidad aplicable a los hidrocarburos, se ha incrementado el importe de la devolución por parte de la Agencia Tributaria para todos aquellos transportistas que estén inscritos en el Censo de Beneficiarios del Gasóleo Profesional. Como consecuencia de la aprobación de dicho Decreto-Ley, la Agencia Tributaria reintegrará trimestralmente de forma automática en la cuenta bancaria designada por el transportista el importe equivalente a los litros de gasóleo consumidos en cada trimestre multiplicado por 0’039€ (esto es, supone una devolución de 6’3 pesetas por litro). A partir del mismo día de inscripción en el Censo de Beneficiarios del Gasóleo Profesional de la Agencia Tributaria, el transportista recibirá el importe de la devolución automáticamente en su cuenta bancaria.

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