Incumplir la ley supondrá una sanción equivalente al 25% del pago realizado en efectivo y la Agencia Tributaria podrá exigir el cobro de la sanción al comprador y al vendedor o establecer que la multa se pague de forma solidaria. Si, por ejemplo, quien ha recibido el pago en efectivo es un empresario insolvente, la responsabilidad de abonar la sanción recaerá en su cliente. Y viceversa.
La Agencia Tributaria ha reservado un espacio en su página web para que los contribuyentes puedan denunciar este tipo de infracciones. Para poder acceder al formulario de denuncia, Hacienda exigirá que el contribuyente se identifique y facilitará la posibilidad de adjuntar pruebas que demuestren que se incumplió el límite. Este mecanismo únicamente está ideado para la denuncia de una de las partes en una operación en metálico superior a 2.500 euros.