Según ANETRA, se aplica de manera sesgada el Reglamento CEE 1370 sobre Los Servicios Públicos de Transporte de Viajeros Por Carretera, se abusa del término, “publico”, introduce expresiones indeterminadas y excesivamente genéricas y restringe la posibilidad de procesos sanos de competencia al reducir “de facto” el número de licitaciones de contratos a través de la unificación de servicios, ofrece un control injustificado de la administración, e introduce elementos de preferencia y protección del operador del servicio público de uso general, no respetando la competencia y el libre mercado, obviando los derechos de usuarios en la selección de empresa, y permitiendo a la administración la sustitución del contratista elegido por los colectivos de usuarios.
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