FEDINTRA denuncia el servicio regular a las playas de Cabo de Gata

La asociación andaluza ha presentado esta denuncia ante el Ayuntamiento de Níjar y la Delegación de Fomento por considerar que la empresa que realiza este servicio no está autorizada para la realización de un servicio regular de transporte, ni posee tarjeta de transporte

 
Según la Federación Independiente de Transportistas de Andalucía (FEDINTRA) “desde el inicio de este verano, hay una empresa que presta un servicio regular de pasajeros desde el casco urbano de San José y parada en la zona habilitada en las inmediaciones de la Playa de Genoveses, Barronal y Mónsul, sin que tenga para ello autorización para este servicio, y utilizando una autorización de Medio Ambiente que no le permite realizar transporte regular de pasajeros. Y lo más grave es que esa empresa carece de tarjeta de transporte.

El servicio que se está prestando para las playas de Cabo de Gata tiene su origen en la explotación de un contrato público identificado con el número de expediente AL-C.ADM.ESP/CMAOT/2017-03, suscrito entre la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Almería, donde se especifica que la prestación de servicios SOLO se centrará en información medioambiental, en el mantenimiento del ecosistema natural, en el control de accesos de entrada/salida, en el estacionamiento de vehículos en los aparcamientos de las playas de Mónsul, los Genoveses y del Barronal, y de un transporte discrecional de pasajeros con salida desde el casco urbano de San José y parada final en la zona habilitada en las inmediaciones de la Playa de Mónsul.( …)

Desde Fedintra se ha podido comprobar que el tipo de servicio que se está prestando al amparo de este contrato nada tiene de servicio discrecional, sino todo lo contrario, se trata de un trasporte regular que se realiza de forma continua y periódica, careciendo de la autorización preceptiva y por tanto incumpliendo de forma reiterada las normas establecidas al efecto. La más grave ser una empresa que carece de tarjeta de transporte.

Precisamente, es esta irregularidad la que se ha puesto en conocimiento de la Consejería de Transportes, la cual nos informa que, si bien dicha conducta de manera efectiva pudiera ser sancionable dada la naturaleza de los servicios dicho Ente Público no es competente para promover las acciones pertinentes, correspondiendo esta potestad al Ayuntamiento de Níjar.

Desde Fedintra se tiene conocimiento que en lo referente al transporte de pasajeros, que los servicios realizados no son discrecionales sino regulares, estableciendo paradas y horarios periódicos y continuados a lo largo de la semana, y cobrando por cada pasajero que acceda a bordo de forma individualizada, actuación que es del todo ilegal e irregular.

También se ha comprobado que el cobro irregular por tales servicios de transporte regular los realiza en nombre de este Ente Público, (la Delegación de Medio Ambiente) utilizando tanto el nombre y la imagen de la Delegación y también la imagen del Ayuntamiento de Níjar, desconociendo desde Fedintra si se tiene autorización para ello.

Ante la gravedad de la situación, desde Fedintra se solicita al Ayuntamiento de Níjar  el inicio de acciones legales sobre la empresa que realiza de forma irregular este servicio de transporte, suspenda la continuidad en la prestación de estos servicios, y se pronuncie sobre la posibilidad de asignar, en aras a satisfacer el interés general y público de los usuarios, la explotación de estos servicios regulares a la empresa concesionaria del Servicio Público de Transporte Colectivo de Viajeros en el Término Municipal de Nijar.

Finalmente, desde Fedintra se pone de manifiesto que el proceso de adjudicación de un contrato de prestación de servicios de transporte de viajeros debe llevarse a cabo con todas las garantías, y en este procedimiento para la explotación del servicio de transporte a las playas de Cabo de Gata se habrían visto vulnerados los principios de Igualdad y Libre Concurrencia a que se refiere el Real Decreto legislativo 3/2011, ley de Contratos del Sector Público, al haber llevado a cabo la adjudicación del mismo por procedimiento negociado sin publicidad y con adjudicación directa, impidiendo la libre concurrencia de otros posibles interesados en dicha prestación.”

Según informa FEDINTRA, la empresa que actualmente ofrece el servicio de transporte REGULAR en las playas de Cabo de Gata ha sido declarada adjudicataria, según la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Almería (Junta de Andalucía) para:

• Servicios de información medioambiental
• Mantenimiento del ecosistema natural
• Control de accesos de entrada/salida
• Regulación en el estacionamiento de vehículos en los aparcamientos de las playas de Mónsul, los Genoveses y del Barronal
• Y Transporte discrecional de pasajeros con salida desde el casco urbano de San José y parada final en la zona habilitada en las inmediaciones de la Playa de Mónsul

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