Las principales medidas adoptadas por el Consejo de Ministros en materia de transportes son:
Una línea de financiación del Instituto de Crédito Oficial (ICO) de 400 millones de euros para atender a las empresas y autónomos afectados en todo el territorio nacional por el COVID-19 en el sector del turismo y el transporte y sus actividades conexas.
Se promoverá a nivel europeo la modificación inmediata del Reglamento (CEE) nº 95/93, relativo a normas comunes para la asignación de franjas horarias en los aeropuertos comunitarios (slots), con objeto de que se exceptúe del cumplimiento de la regla de utilización mínima del 80% a las series de franjas horarias aeroportuarias asignadas que no lleguen a ser utilizadas en ese porcentaje mínimo por razón de las cancelaciones que se están produciendo en el sector aéreo como consecuencia del COVID-19.
Además, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), dada la situación extraordinaria que afecta de forma particular a la aviación con la reducción de vuelos y a petición de las compañías aéreas, va a aplicar las medidas de flexibilidad establecidas en la normativa comunitaria, en el ámbito del entrenamiento de las tripulaciones del uso de simuladores de vuelo por parte de los pilotos. Con ello se solventarán las dificultades en materia de entrenamiento y verificación de tripulaciones derivadas del escenario actual. Estas medidas, permitirán a los operadores aplicar de manera temporal medidas alternativas siempre que se garanticen los niveles de seguridad.
La aplicación, desde hoy hasta el 30 de abril de 2020, de la posibilidad de cambio gratuito de todos los billetes sencillos de Media distancia y de Media distancia AVANT, comprados desde el 9 de marzo hasta el 30 de abril de 2020, bien por un billete para otra fecha o bien por un vale descuento por el mismo importe.
Además, para todos los títulos multiviajes emitidos por Renfe viajeros, tanto de Cercanías como de Media Distancia o de servicios AVANT, se ampliará en dos meses su periodo de utilización. Este tipo de abonos son especialmente utilizados por los ciudadanos, para la movilidad obligada cotidiana, por lo que es una medida que ayudará a mitigar los perjuicios que están sufriendo los ciudadanos en su vida diaria como resultado de la crisis que estamos viviendo.
Ayudas para todos los sectores afectados
El Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19 incluye medidas específicas para los sectores de la industria y el turismo:
– Medidas de garantía de liquidez y flexibilidad para empresas y autónomos del sector del turismo
• Línea de financiación del ICO, dotado con 400M€ y con garantía del Estado. Es una ampliación de la línea de financiación Thomas Cook que se amplía a todas las empresas y trabajadores autónomos con domicilio fiscal en España que estén incluidos en los sectores económicos de transporte de viajeros, alojamiento y restauración básicamente. Se instruye al ICO para que, con carácter inmediato a la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, realice las gestiones necesarias con las entidades financieras para que la línea de financiación ampliada pueda estar a disposición de las empresas en el plazo máximo de diez días a contar desde la referida entrada en vigor.
• Extensión de la bonificación a los contratos fijos discontinuos a los meses de febrero a junio. Las empresas privadas dedicadas a actividades encuadradas en los sectores del turismo, así como los del comercio y hostelería, siempre que se encuentren vinculadas a dicho sector del turismo, que generen actividad productiva en los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio y que inicien o mantengan en alta durante dichos meses la ocupación de los trabajadores con contratos de carácter fijos discontinuo, podrán aplicar una bonificación en dichos meses del 50% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, así como por los conceptos de recaudación conjunta de Desempleo, FOGASA y Formación Profesional. Lo dispuesto será de aplicación desde el 1 de enero de 2020 hasta el día 31 de diciembre de 2020.
• Flexibilización de las reglas de mantenimiento de los slots aeroportuarios. En concordancia con las autoridades europeas, se flexibilizan las normas que obligan a las aerolíneas a operar al menos el 80% de sus franjas horarias asignadas para no perder slot la temporada siguiente.
– Medidas de apoyo financiero a los sectores industriales
• Aplazamiento extraordinario del calendario de reembolso, en los préstamos concedidos por la Secretaría General de Industria y Pyme. Los beneficiarios de concesiones de los instrumentos de apoyo financiero a proyectos industriales podrán solicitar el aplazamiento del pago de principal y/o intereses de la anualidad en curso, siempre que su plazo de vencimiento sea inferior a seis meses a contar desde la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, cuando la crisis sanitaria haya originado en dichos beneficiarios periodos de inactividad, reducción en el volumen de las ventas o interrupciones en el suministro en la cadena de valor que les dificulte o impida atender al pago de la misma.
Esta solicitud conllevará, en caso de estimarse, la correspondiente readaptación del calendario de reembolsos.