El Consejo de Ministros a través de un Real Decreto-ley, ha aprobado los términos para llevar a cabo un nuevo reequilibrio económico de los contratos de gestión de servicios públicos de transporte regular de viajeros de uso general por carretera de competencia estatal, que ha seguido estando alterado sustancialmente tras la finalización del primer estado de alarma, como medida excepcional para garantizar la viabilidad de estos servicios que son esenciales para la movilidad de los ciudadanos.
Los datos del Gobierno indican que durante el período trascurrido desde la finalización del primer estado de alarma, la demanda de estos servicios fue recuperándose lentamente hasta alcanzar niveles del 50% respecto a la demanda del periodo equivalente de 2019. Sin embargo, durante el mes de agosto de 2020 se observó una nueva caída de demanda a niveles del 35-40% respecto al periodo equivalente del año 2019, que, lejos de repuntar, continuó estancada.
A esta situación se ha añadido la declaración de un nuevo estado de alarma que ha permitido a las Comunidades Autónomas el cierre perimetral de sus territorios, restringiendo la movilidad intercomunitaria que es típica en los contratos de titularidad de la Administración General del Estado, lo que ha supuesto una nueva caída de la demanda.
La finalidad de estas medidas es conseguir que, una vez superada la crisis y levantadas las restricciones a la movilidad, las empresas tengan la capacidad de garantizar la prestación de servicios y preservar el sistema de transporte público en nuestro país, ofreciendo los niveles necesarios para atender la demanda de movilidad de las personas, como condición básica de su calidad de vida y para satisfacer sus necesidades cotidianas, el acceso a los servicios públicos básicos y a otros de carácter esencial.
Para ello, el Gobierno anuncia que se establece un procedimiento ágil para reequilibrar económicamente estos contratos y evitar al máximo las cargas administrativas y sociales adicionales que pudiera conllevar, en algunos casos, la renuncia contractual y el consecuente abandono del servicio público, incluyendo para ello incluso mecanismos de anticipo de la compensación final.
Foto: Pool Moncloa/JM Cuadrado