Los Estados-miembro de la Unión Europea han decidido establecer un período de concienciación de dos meses adicionales sobre la disposición de obligación de adaptación, en los vehículos que circulan por Estados de la UE distintos a su país de matriculación y que no están equipados con un tacógrafo analógico o digital no inteligente, a la obligación de estar equipados con un tacógrafo inteligente de segunda generación.
Dos meses de concienciación
Los dos meses adicionales cuentan desde el 31 de diciembre de 2024 hasta el 28 de febrero de 2025. Así se ha decidido en la reunión del Comité de Transporte Terrestre de la Comisión Europea del 18 de diciembre, donde se informó de la problemática existente en algunos países en cuanto al suministro y abastecimiento de algunos componentes para sustituir los tacógrafos analógicos y digitales por tacógrafos inteligentes de segunda generación, cuya obligación está establecida para el próximo 31 de diciembre.
Multas a partir del 1 de marzo de 2025
Durante los dos meses de concienciación, los conductores no serían multados por incumplimiento del artículo 3, apartado 4, del Reglamento (UE) n.º 165/2014. Sin embargo, se les informará de la obligación de equipar sus vehículos con un tacógrafo compatible. La aplicación de las sanciones por incumplimiento comenzará el 1 de marzo de 2025.
Los tacógrafos inteligentes de segunda generación incorporan avances con respecto a versiones anteriores tanto en funcionalidad como en tecnología, mejorando la conectividad, la precisión de los datos registrados o la protección contra manipulaciones
CONTINENTAL VDO lleva tiempo advirtiendo de la importancia de solicitar cita en los talleres para hacer el cambio sin problemas de última hora. También ha elaborado una guía que recoge información relativa a sanciones, las cuantías por no llevar tacógrafo o no contar con la versión correcta, así como la manera en que cada país aplicará la introducción de la segunda generación.