Según esto, podrán circular por el centro de la calzada -y no por la derecha- en las llamadas «zonas 30», en las que no se puede circular a más de esa velocidad.
La reforma también dejará abierta la posibilidad de que los Ayuntamientos permitan la circulación de las bicicletas en el sentido contrario a la marcha del resto de los vehículos, algo que actualmente está prohibido.
La modificación del Reglamento establecerá además unos mínimos para que los municipios regulen en sus ordenanzas la circulación de las bicicletas por las aceras, de modo que esté permitida si tienen más de tres metros de ancho y siempre que el ciclista no se acerque a menos de un metro de las fachadas de los edificios.
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