Entra en vigor el uso de chalecos reflectantes y sistemas de sujeción infantil

Tras seis meses de carencia entran en vigor los artículos del Reglamento General de Circulación que obligan a usar chaleco reflectante cuando deban salir del vehículo en carretera así como el uso obligatorio para los menores de 12 años de los anclajes y sistemas de retención.

Desde el 24 de julio, entran en vigor los artículos del Reglamento General de Circulación, relativos a la utilización de chalecos reflectantes por los conductores que durante un viaje por carretera deban bajar de su vehículo como consecuencia de alguna incidencia y también los que establecen la obligatoriedad del uso de sistemas de retención para menores de 12 años, cuando viajen en vehículos turismo. La entrada en vigor de estos preceptos se produce seis meses después que el resto del articulado para dar tiempo al abastecimiento de los usuarios. Los menores de doce años deben usar sistemas de retención adecuados cuando viajen en cualquier asiento de un turismo. El artículo 117.2 de dicho Reglamento establece, como norma general, la prohibición de circular con menores de doce años ocupando los asientos delanteros, salvo que utilicen dispositivos de retención homologados al efecto. Las personas de más de tres años, cuya estatura no alcance los 150 cm, deberán utilizar un sistema de sujeción adaptado a su talla y peso, o en caso contrario, estar sujetos por un cinturón de seguridad u otro sistema de sujeción homologado para adultos de los que estén dotados los asientos traseros del vehículo. Los niños menores de tres años que ocupen asientos traseros, deberán igualmente utilizar un sistema de retención adaptado a su peso y talla.

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