El transporte público, una excepción en la Ley de Sostenibilidad de la Administ

En la jornada organizada por ATUC y la FEMP (Federación Española de Municipios y Provincias), se analizó las repercusiones de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, en el sector del transporte público urbano, la adaptación de la práctica del sector a la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y las nuevas directivas europeas con repercusión en el sector del transporte público urbano.

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La Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local pretende que los entes públicos sean eficientes y fija unas fechas para serlo o cambiar su modo de gestión. Dada la importancia del transporte público y los servicios de aguas y basuras, se ha creado un diferente baremo y de manera excepcional tendrán mayores plazos para alcanzar los objetivos.

En cuanto a la Ley de Transparencia y Servicios de Transporte, cabe destacar que los operadores que estén participados en más del 50% de su capital por entes públicos o que siendo privadas reciban subvenciones de más de 100.000 euros o el 40% ingresos anuales sean ayuda pública siempre que alcancen los 5.000 €, tendrán que ampicar esta esta ley que obliga no sólo a ofrecer la información sobre su servicio y la empresa que requiera cualquier solicitante, sino también ha publicar de oficio ciertos documentos o datos para que puedan ser vistos sin solicitarlos.

En lo que se refiere a las nuevas normas europeas, se analizaron la Directiva de contratación pública, la de adjudicación de contratos de concesión y la de contratación de entidades que operan en los sectores del agua, la energia y los transportes y servicios postales, todas ellas aprobadas el 15 de enero de 2014 y publicadas el 28 de marzo.

ATUC

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