Este tipo de transporte cuenta con una normativa específica desarrollada precisamente por el Gobierno regional. Según esta legislación, desde 2005 los conductores de autobuses que realicen transporte escolar están obligados por ley a viajar acompañados por, al menos, otro adulto, siempre que el 50% de los viajeros sean menores de edad o pertenezcan a centros de educación especial. Además, las empresas que realicen estas rutas para trasladar a los niños a sus centros educativos tienen que especificar con una habilitación especial a los vehículos que trasladan a los menores. Para facilitar la tramitación de estas autorizaciones, la Consejería de Transportes e Infraestructuras permite solicitar la habilitación a través de internet, lo que agiliza el proceso. Posteriormente, una vez aceptada la solicitud, los técnicos de la Dirección General de Transportes controlan la ficha técnica de los vehículos, el seguro, el permiso de circulación y la autorización de transporte discrecional de la empresa para conceder el permiso.
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