En su comunicado, el SLT indica: “Para el Sindicato Libre de Transporte siempre ha sido una prioridad la reivindicación del derecho de los profesionales del sector de transporte de viajeros, a disfrutar de unas condiciones que faciliten la anticipación de la edad de jubilación sin minoración en la prestación. Porque no se puede entender cómo los conductores de autobús todavía no tienen una regulación específica que les permita tal derecho cuando existen otras ocupaciones a las que sí se les ha reconocido, tales como trabajadores ferroviarios, personal de vuelo, trabajadores del mar, mineros, cuerpos de seguridad, bomberos, etc.
La consecución de dicho objetivo y la falta de interés por el mismo de las asociaciones empresariales del sector, motivaron la convocatoria por el SLT de una huelga, de ámbito estatal, en el último trimestre del año 2024. El conflicto finalizó al alcanzarse un acuerdo, ratificado en el SIMA el 27/11/2024, entre el SLT, ANETRA, CONFEBUS y ATUC, al que se adhiere posteriormente DIREBUS.”
El preacuerdo al que se llegó
“En dicho acuerdo los firmantes adquirieron el compromiso de solicitar, de forma conjunta, el inicio del procedimiento para el establecimiento de coeficientes reductores para la anticipación de la edad de jubilación de los conductores, así como de constituir una mesa de trabajo con presencia de la Administración Pública, una vez fuera publicada la norma que regulase el procedimiento para hacerlo efectivo.
El pasado día 28 de mayo de 2025 fue publicado en el BOE el Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo, por el que se regula el procedimiento para determinar los supuestos en los que procede permitir anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social mediante la aplicación de coeficientes reductores, estableciendo un sistema para permitir la jubilación anticipada aplicando tales coeficientes.”
El SLT toma la iniciativa
“Una vez más el SLT ha tomado la iniciativa tras tener conocimiento de dicha publicación. El 17/06/2025 ha solicitado al SIMA una mediación, reclamando el cumplimiento del acuerdo de 27/11/2024, y así iniciar el procedimiento para facilitar la jubilación anticipada de los conductores de autobús mediante coeficientes reductores y constituir la comisión de trabajo según se pactó en su día.
Tras la solicitud del SLT, el SIMA convocó a todos los interesados; así, por parte empresarial a ANETRA, CONFEBUS, ATUC y DIREBUS, y, por parte sindical, a CCOO y UGT. La mediación ante el SIMA se ha celebrado el día 2 de julio de 2025, con la asistencia del SLT y de todas las asociaciones empresariales convocadas. No así CCOO y UGT, que brillaron por su ausencia, demostrando con hechos que les importa más la estrategia y los intereses políticos y sindicales que la defensa de los derechos de los trabajadores del sector.”
Una reunión sin frutos
“Lamentable e incomprensiblemente el acto de mediación no tuvo un resultado satisfactorio a pesar de los esfuerzos de los mediadores del SIMA y del SLT. Y con ello las asociaciones empresariales están demostrando no tener ningún interés en facilitar el procedimiento para la anticipación de la jubilación de los conductores, aunque son evidentes los beneficios que ésta también reportaría a las empresas, echando balones fuera y tratando desplazar las razones de su inacción y pasividad hacia la parte social. El SLT ha dejado claro que es un interlocutor principal en el proceso hacia la consecución del derecho de los conductores a la jubilación anticipada. Si otros no entienden la importancia que dicho propósito tiene para los profesionales del sector de transporte de viajeros en autobús, el SLT siempre estará allí para recordárselo, continuando con la lucha para hacer que se reconozcan a los conductores todos los derechos que por ley y por merecimiento les corresponden.”