Nuevas medidas para proteger al sector de transporte

El Consejo de ministros ha aprobado un nuevo Real Decreto-ley mediante el que se refuerzan las ayudas y medidas de apoyo al sector del transporte en España para paliar el impacto de la guerra en Oriente Próximo y, en concreto, el incremento en el precio del combustible.

Las nuevas medidas afectan al sector del transporte por carretera, ferroviario y marítimo de mercancías, y completan las contempladas en el Real Decreto-ley 7/2026 aprobado el pasado 20 de marzo, en el que se estableció una ayuda de 20 céntimos por litro de combustible y otras ayudas directas a los transportistas. También se modifican  las cuantías de las ayudas por vehículo.

“El Real Decreto-ley 7/2026 supuso una primera respuesta, con medidas de carácter urgente para aliviar el impacto de la subida de los costes energéticos. Hoy damos un paso más”, ha remarcado el ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, Óscar Puente, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de ministros.

 

Tres ejes: carretera, ferroviario y marítimo

Este nuevo Real Decreto-ley recoge medidas de apoyo en torno a tres ejes: el primero, el sector del transporte de mercancías por carretera; el segundo, el transporte ferroviario de mercancías; y el tercero, el transporte marítimo.

 

Para el transporte de mercancías

Respecto al primer eje de actuación, se centra en el transporte de mercancías por carretera y persigue el objetivo de asegurar que las variaciones en el precio del combustible se trasladen de forma efectiva al precio del transporte. En primer lugar, se consolida el carácter obligatorio y automático de la revisión del precio del transporte cuando se produzcan variaciones en el precio del combustible. En segundo lugar, se deberá reflejar expresamente en la factura, en aras de garantizar la transparencia y facilitar la comprobación de su aplicación. Por último, además, se introduce un régimen sancionador específico en casos de incumplimiento.

Además de estas medidas principales, el Real Decreto-ley introduce ajustes y clarificaciones en el marco normativo existente. Entre ellos, la inclusión de determinados colectivos en el sistema de ayudas ya aprobado en el Real Decreto Ley anterior (eurotaxis o taxis adaptados a personas con movilidad reducida) y la adaptación de las medidas a territorios con características específicas como Ceuta y Melilla

 

Según indica el abogado experto Fernando Cascales:

En lo que se refiere al transporte público de mercancías por carretera, se modifica el art.38 de la Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías, a efectos de la revisión del precio del transporte en función de la variación del precio del combustible, lo que a su vez implica la modificación de la Orden FOM/1882/2012, de 1 de agosto, por la que se aprueban las condiciones generales de contratación de los transportes de mercancías por carretera.  A su vez, el RD Ley 9/2026, modifica el régimen sancionador de la LOTT (nuevo apartado 43 de su art.140, nuevo apartado 31 del art.141, y modificación del art.143.1), a efectos de asegura el cumplimiento de lo establecido en el citado art.38 de la Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías.


En segundo término, el RD Ley 9/2026, modifica el reciente Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, a efectos de la cuantía de las ayudas por vehículo (transporte de viajeros y de mercancías por carretera) contempladas en este RD Ley (modificación de sus arts. 58.8 y 61).

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