Esta comunicación ha sido publicada por la Comisión European en el Diario Oficial de la Unión Europea del 22 de julio. Concretamente, el documento establece en el punto 34, referido a ayudas regionales para inversiones iniciales, que “en el sector del transporte el gasto en adquisición de material de transporte no podrá optar a ayudas a la inversión inicial” debido a su incompatibilidad con el Tratado. No obstante, la Comisión realizaba una excepción a la norma en el caso del transporte por ferrocarril de pasajeros y ahora ha observado que “según las circunstancias específicas de cada caso, pueden aplicarse mutatis mutandis a los vehículos utilizados en el transporte de pasajeros por carretera, si cumplen las últimas normas comunitarias aplicables a los vehículos nuevos”. En tal caso, en un afán de igualdad de trato, la Comisión aplicará a estas situaciones el enfoque que aquí se describe para el material rodante ferroviario. La Comisión anima a los Estados miembros, cuando concedan este tipo de ayudas, a respaldar las tecnologías menos contaminantes y examinará si procede otorgar un apoyo financiero específico que desemboque en intensidades de ayudas más elevadas a favor de esta tecnología”.
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