Si retrocedemos a la última huelga de transporte de viajeros (doce días), recordaremos que los conductores se negaron a cumplir los servicios mínimos que en ese momento fijó el Ministerio de Fomento, por considerarlos abusivos. El gobierno regional terminó imponiendo un laudo de obligado cumplimiento. Ahora, la última sentencia del TSJM da la razón a los conductores de autobuses de largo recorrido y considera que la posición de Fomento «incide negativamente en el contenido esencial del derecho a la huelga». De momento, esta sentencia no afecta a los servicios mínimo fijados por el Gobierno regional para el transporte interurbano de viajeros, aunque CC.OO piensa recurrir al TSJM.
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